A la espera de conocer el texto íntegro de la sentencia y de estudiar en base a la misma todas las implicaciones jurídicas que conlleva, si podemos adelantarte que, en la práctica, la nueva sentencia del TC viene a anular el impuesto en sí mismo. Ya que al margen de que haya existido o no incremento de valor del suelo que haya aflorado en el momento de su transmisión, que era el supuesto sobre el que ya se pronunció el propio TC en anteriores sentencias, ahora ataca directamente por inconstitucional el sistema objetivo de cálculo en que se basa, y que permite exigir el impuesto, con independencia de que haya existido incremento de valor, y de la cuantía real de ese incremento.
Por tanto, en base a la información con la que contamos y, como decimos, a la espera de que se publique en breve el texto íntegro de la sentencia, te indicamos a continuación las posibilidades de recursos y actuación que se abren a efectos de la recuperación de las cantidades que se hayan podido ingresar por este impuesto recientemente. Así, las posibilidades que se plantean serían:
- En caso de que el Ayuntamiento gestione el impuesto por el sistema de autoliquidación, podremos solicitar la rectificación de dicha autoliquidación dentro del plazo de 4 años.
- En caso de que el Ayuntamiento en cuestión gestione el impuesto por el sistema de declaración-liquidación, se podrá presentar recurso de reposición en el plazo de un mes desde que se notificó la liquidación. Caso de que dicha liquidación fuese ya firme, por no haberse interpuesto recurso en el citado plazo y siempre que no hayan pasado 4 años desde dicho plazo, entendemos viable (a la espera de conocer el texto íntegro de la sentencia) instar el procedimiento extraordinario de revocación de actos firmes con devolución de ingresos indebidos previsto en el art. 221.3 LGT.
Te informamos así mismo que desde Mibufete.com estamos trabajando desde ya en poner a tu disposición una herramienta para automatizar en buena medida todo el proceso para recurrir u obtener la devolución de los importes ingresados indebidamente por tus clientes y así, una vez se publique la sentencia, la activaremos dentro de tu área privada de cliente en Oché Asesores Tributarios.